Intermitentes de moto: ¿son obligatorios?

1.5/5 - (12 votos)
Compartido

Existen muchas dudas y opiniones diversas acerca de los intermitentes de moto. ¿Son obligatorios? ¿Puedo pasar la ITV si no los tengo instalados? Resuelve estas y otras dudas en el siguiente artículo.

intermitentes moto

Algunos dicen que son obligatorios, otros que no, y hay quienes afirman que depende de la bondad de los Guardias Civiles o los técnicos de la ITV. Sin embargo, para saber si es imprescindible llevar intermitentes en la moto hay que acudir a la normativa oficial, en concreto al Reglamento General de Vehículos.

Normativa en relación a los intermitentes de moto

El Decreto 2822/1998 del 23 de diciembre de dicho reglamento deja bien claras las condiciones que han de cumplir motocicletas, motocicletas con sidecar y ciclomotores en lo que a señales luminosas se refiere. Así, el citado decreto estipula que:

Las motocicletas han de incorporar obligatoriamente los siguientes elementos de señalización:

  • 1 o 2 luces de carretera.
  • 1 o 2 luces de cruce.
  • Luz de posición delantera y trasera.
  • Luz trasera de frenado.
  • Luz trasera de la placa de la matrícula.
  • Catadióptricos traseros no triangulares.

Ahora viene la parte “polémica”. En dicho reglamento, las luces indicadoras de dirección o intermitentes aparecen como “opcionales”, sin embargo, en una acotación al pie de la página se informa de que serán OBLIGATORIOS a partir de noviembre de 1999. Por tanto, los intermitentes SÍ SON OBLIGATORIOS para todas aquellas motos fabricadas después de noviembre de 1999 y que los lleven de serie. Lo mismo sucede para las motos sin sidecar.

Las motocicletas han de llevar dos luces amarillas de dirección delante y dos detrás y deberán estar colocados de forma simétrica respecto al plano longitudinal del vehículo.

En lo que respecta a los ciclomotores, las señales luminosas que han de incorporar obligatoriamente son:

  • Luz de cruce
  • Luz de frenado (obligatoria a partir de noviembre de 1999)
  • Luz de posición trasera
  • Catadióptricos traseros no triangulares
  • Catadióptricos laterales no triangulares (obligatorios a partir de noviembre de 1999)

Respecto a las luces indicadoras de dirección, el reglamento las cataloga como “Opcionales”, por tanto los intermitentes NO SON OBLIGATORIOS en los ciclomotores.

Por tanto, si vamos a pasar la ITV lo lógico es que si nuestra motocicleta es posterior a 1999 nos examinen los intermitentes. En caso de que las luces indicadoras de dirección no sean las que la moto traía de serie, éstas deberán estar debidamente homologadas e incluidas en la ficha técnica del vehículo, ya que según la nueva reglamentación del Manual de Reformas del Vehículo se considera reforma.

En definitiva, los intermitentes no son obligatorios en ciclomotores, pero sí en todas aquellas motocicletas fabricadas a partir de noviembre de 1999.

También te puede interesar:
Qués es y para qué sirve el tacómetro de una moto

Compartido
19 comentarios en “Intermitentes de moto: ¿son obligatorios?”
  1. quisiera saber si la pata de cabra para apoyar la moto sigue una serie de requisitos como que la moto con ella puesta no se pueda poner en marcha o que con ella puesta no se pueda poner ninguna marcha. tengo una harley del año 2009 y en el ultimo ITV me dijeron que serian obligatorios estos requisitos para el proximo ITV en 2016. Gracias.

  2. Alberto Moreno

    Tengo una moto año 1964 en la ITV me han indicado que debe de llevar una luz de posición que antes no se instalaba y entiendo que no eran obligatorias con lo cual tengo que hacer una modificación en la motocicleta. A partir de qué año son obligatorias estas luces. Gracias.

  3. Tengo una moto con fecha de primera matriculacion en 1998, pero que lleva de serie intermitentes. Si se los quito puedo pasar la ITV sin problemas? Mi moto es anterior a la fecha de llevarlos obligatorios pero al traerlos de serie me despista un poco. Gracias.

  4. Buenos días Juan.
    Gracias por tu consulta en el blog de AMV Seguros.
    Si su moto tiene los intermitentes de serie, al estar especificado en la ficha técnica, no sería posible que los retirase para pasar la ITV.
    Esperamos haberte sido de ayuda.
    Muchas gracias y saludos

  5. Jose manuel Marquez Hernandez

    Hola a todos el otro día fui a pasar la itv a mi honda Shadow 600 del año 92 y me rebucharon por los intermitentes que eran led,según tengo entendido aquí en este post mi motocicleta al ser anterior al 99 no estoy obligado a llevarlos o si,si no lo estoy podría reclamar lo de la itv?

  6. Buenos días José Manuel.
    Te recomendamos que hagas referencia al artículo que reseñamos en el post, y que lo comentes en tráfico, para que te aseguren cómo debes proceder.
    La ley es un poco confusa al respecto, y la Dirección General de Tráfico podrá darte pautas más precisas.
    Si necesitas alguna otra ayuda, por favor, ponte en contacto con nosotros.
    Gracias.

  7. Muchas gracias admin,ayuda pues necesito otra mano,el largo del Manillar de la.moto de donde se mide?tengo entendido que de manera de freno a maneta de embrague?otros dicen que el largo del manillar.
    Gracias de nuevo de antemano

  8. Hola.
    Se podrian añadir mas intermitentes a la motocicleta?? (Quisiera ponerle 2 en el manillar)
    Que dice el codigo y respecto a la ITV??
    Gracias, un saludo.

  9. Hola Jon.
    Gracias por tu comentario en el blog de AMV.
    Los intermitentes NO son obligatorios en ciclomotores, pero sí en todas aquellas motocicletas fabricadas a partir de noviembre de 1999.
    Tene en cuenta de que si quieres instalar las luces indicadoras de dirección en tu moto distintas de las que vienen de serie, éstas deberán estar debidamente homologadas e incluidas en la ficha técnica del vehículo, ya que según la nueva reglamentación del Manual de Reformas del Vehículo se considera reforma.
    Esperamos haberte ayudado. Saludos.

  10. Hola queria saber si se puede poner los guiños delanteros en el puño del manillar. Gracias.

  11. Y los ciclomotores si traen intermitentes de casa se pueden quitar? La mía es del 2001

  12. Hola Raúl.
    Gracias por tu comentario en el blog AMV.
    Los intermitentes son un elemento de seguridad indispensable, que te ayudan hacerte visible y anticipar los movimientos al resto de conductores. Si tu ciclomotor tiene los intermitentes de serie no podrías quitárselos en ningún caso.
    Si los quitases, ten en cuenta que además de suponer un riesgo para tu seguridad no pasarías las ITV.
    Esperamos haberte ayudado. Un saludo.

  13. Hola Leandro.
    Gracias por tu comentario en el blog de AMV.
    Te recomendamos que consultes con tu mecánico de confianza para que te asesore sobre la mejor opción para tu modelo de moto.
    Saludos.

  14. Buenos días AMV. Tengo una moto de 1000cc. precintada hace 4 años y me gustaría saber si cuando haga 5 años puedo circular ya con ella. Ya que la multa no la pagué al juzgado y tampoco pienso hacerlo. Un saludo

  15. Hola Germán.
    Muchas gracias por tu mensaje.
    Te recomendamos que te pongas en contacto con la DGT y consultes el caso para ver si prescribe el precinto.
    Saludos.

  16. Hola
    Mo scooter AP50 fabricada en 1995 vienen las luces intermitentes, pero tengo una averia las luces no parpadean al dar cambio de direccion se quedan fijos ,segun vuestro articulo si esta la moto fabricada antes del 99 no seria obligadorio tenerlos lo cual no tengo obligacion en repararlos. ?parasia la ITV ?
    Muchas gracias Javier

  17. Hola Javier.
    Muchas gracias por tu mensaje.
    En principio eso es lo que dice la norma, pero te recomendamos que llames por teléfono a tu ITV de confianza y les hagas la consulta para estar más seguro.
    Saludos!

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio