¿Tienes dudas sobre el número de puntos de tu carnet de conducir? Conocer tu saldo es sencillo: la Dirección General de Tráfico (DGT) pone a tu disposición varios sistemas para consultarlo. Además, te recordamos cómo se pierden y se recuperan los puntos.
En 2006 entró en vigor el carnet por puntos. Hoy en día, aquel sistema novedoso está más que asentado y todos deberíamos conocer cómo funciona. Pero si tienes alguna duda sobre el número de puntos que tiene un conductor, cómo consultar el saldo, de qué manera se pierden los puntos o qué hay que hacer para recuperarlos, aquí te lo explicamos. ¡Toma nota!
Índice
Si eres un conductor incluido en el Registro de Conductores e Infractores de la Dirección General de Tráfico (DGT) y tienes carnet de conducir en vigor, podrás consultar tu saldo de puntos a través de su página web. En ella encontrarás tres opciones:
Básicamente, en nuestro país existen tres tipos de multa:
También restan 6 puntos:
Restan 4 puntos:
Y por último, las que restan 3 puntos, pero no por ello dejan de ser importantes:
En el caso de conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida, podemos perder 4 o 6 puntos. Y la retirada de puntos por exceso de velocidad varía en función del límite de la vía y la velocidad a la que se circule. Dicha infracción conlleva la retirada de 2, 4 o 6 puntos.
¿Por qué? Muy sencillo: si nos han retirado puntos es porque hemos cometido una infracción. A partir de ahí, tenemos que reciclarnos, formarnos y concienciarnos de lo importante que es la seguridad vial en nuestro día a día.
Si aún no has perdido todos los puntos, tienes dos posibilidades:
En este enlace de la página web de la DGT puedes consultar los centros y cursos de impartición de medidas reeducadoras, así como los precios de estos últimos.
Aquí es como si pusiéramos el contador a cero. Pero aun perdiendo todos los puntos del carnet, tenemos una segunda oportunidad. Si te notifican que has agotado tu saldo y que no estás autorizado a conducir, para obtener el nuevo permiso debes:
Importante: el nuevo permiso que obtengas dispondrá de un saldo de 8 puntos. Por lo tanto, tendrás que poner de tu parte para sumar puntos y no para restarlos. ¡Tenlo en cuenta!
Sin puntos, no tienes carnet. Por lo tanto, no estás autorizado a conducir. De lo contrario, estarías cometiendo un delito contra la seguridad vial tipificado en el artículo 384 del Código Penal.
Quienes son “pillados” conduciendo sin carnet deben acudir, acompañados de un abogado, a un juicio rápido. Se trata de un procedimiento judicial que se aplica a delitos penales que no superan los cinco años de condena.
Ojo: la condena por este delito contra la seguridad vial es para pensárselo dos veces: pena de prisión de tres a seis meses, multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Ya lo sabes: ¡no te la juegues!
Soy un apasionado de las competiciones del motor y he trabajado y colaborado con algunos de los medios de comunicación más importantes de España, especializándome en este sector. Además, me interesan mucho los temas relacionados con la seguridad vial.
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