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¿Cuándo puedo montar en moto en la fase de desescalada?

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Después de semanas de confinamiento, cada vez son más los motoristas que se preparan para montar en moto en fase de desescalada. Pero tendrán que hacerlo poco a poco… ¡Ya falta menos para disfrutar de la nueva normalidad!

El 14 de marzo, con la publicación del Real Decreto 463/2020, se declaraba el estado de alarma en España con el objetivo de gestionar la situación de crisis sanitaria provocada por el COVID-19. Y el pasado 28 de abril se aprobaba el Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Un documento que ha motivado que muchos motoristas se pregunten cuándo podrán montar en moto en fase de desescalada.

En ese camino hacia la nueva normalidad se han establecido cuatro fases de desescalada. Y se prevé que la duración mínima de cada una de ellas sea de dos semanas. Un proceso, pues, que debería concluir a finales de junio con la Fase III, en la que se contemplan desde protocolos de reincorporación presencial a las empresas para la actividad laboral hasta la apertura de playas en condiciones de seguridad y distanciamiento.

Si quieres saber cuándo podrás montar en moto en fase de desescalada, nos ocupamos de las novedades de la Fase 0 y de las que llegarán con las fases I, II y III. ¡Toma nota!

¿Qué actividades están incluidas en el Real Decreto 463/2020?

Con excepción de las islas de Formentera, la Gomera, el Hierro y la Graciosa –que han pasado directamente a la Fase I–, la mayoría del territorio español se encuentra en la Fase 0 o de preparación de la desescalada. Mientras dure la misma, los ciudadanos podrán circular por las vías de uso público para realizar alguna de las actividades contempladas en el Real Decreto 463/2020:

  • Adquirir alimentos, productos farmacéuticos y artículos de primera necesidad.
  • Acudir a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Desplazarse al lugar de trabajo para efectuar una prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Regresar al lugar de residencia habitual.
  • Asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o ciudadanos especialmente vulnerables.
  • Desplazarse a entidades financieras y de seguros.
  • Desplazarse por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Llevar a cabo cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

En el caso de los vehículos particulares, pueden usarse siempre y cuando los desplazamientos estén relacionados con una de las actividades referidas o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.

¿Qué desplazamientos en moto se pueden hacer en la Fase 0?

En vigor desde el 4 de mayo, la Fase 0 introduce algunos cambios en lo relativo a la movilidad fuera del domicilio y medidas con un riesgo asociado de contagio muy bajo o nulo. Siempre, eso sí, que se cumplan las indicaciones de seguridad recomendadas por las autoridades sanitarias.

Como novedad, en la Fase 0 se permite la apertura de pequeños negocios como peluquerías, ferreterías o centros de fisioterapia. Y podremos acudir a ellos siempre que hayamos solicitado cita previa. Pero, ¿podemos montar en moto en esta fase de desescalada para ir a cortarnos el pelo o comprar una herramienta?

Sobre esta cuestión en particular, y ante las dudas que suscita la Fase 0 entre los conductores, desde el blog de AMV nos hemos puesto en contacto con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Y podemos concluir que:

  • En la Fase 0 podremos utilizar nuestra moto para desplazarnos a un establecimiento que se encuentre en nuestro municipio y en el que hayamos solicitado cita previa con antelación.
  • Para evitar ser sancionados en un control de tráfico, es importante que conservemos un justificante de cita previa.
  • A tenor de lo establecido en la Orden SND/388/2020 del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, solamente podremos salir de nuestro municipio, de manera excepcional, si el servicio o producto que deseamos no se encuentra disponible en el mismo.
  • En cualquier caso, debe imperar el sentido común y evitar recorrer muchos kilómetros. Conviene recordar que no están permitidos los desplazamientos interprovinciales y que persiste el riesgo de contagio.

Así pues, podemos montar en moto en fase de desescalada en las actividades contempladas en el Real Decreto 463/2020. Y en la Fase 0 también, por ejemplo, para acudir a un pequeño establecimiento con cita previa o un huerto familiar de autoconsumo dentro de nuestro municipio. ¡Y siempre poniendo en práctica las medidas de higiene y seguridad recomendadas!

¿Puede utilizarse la moto para ir a hacer deporte?

Por cierto, en la Fase 0 ya puedes practicar deporte en distintas franjas horarias. Pero debes saber que la Orden SND/380/2020 establece lo siguiente:

  • No se puede hacer uso de un vehículo motorizado o de transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en dicha orden (práctica no profesional de cualquier deporte individual).

Por lo tanto, de momento no podrás montar en moto en fase de desescalada para desplazarte a un lugar donde vayas a realizar una actividad física no profesional. Para la práctica de actividades deportivas relacionadas con el mundo de la moto (por ejemplo, tandas en circuito), te aconsejamos ponerte en contacto con la Real Federación Motociclista Española (RFME) o las federaciones territoriales.

Dos personas en moto: ¿qué dice la orden ministerial?

Respecto a si dos personas pueden montar en moto en fase de desescalada, es otro de los temas que está generando dudas entre los motoristas. Sobre todo, a raíz de la publicación de la Orden TMA/384/2020 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Sobre la ocupación de los vehículos, la orden observa que:

  • En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
  • En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas que cubran las vías respiratorias y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.

Por lo expuesto, y teniendo en cuenta que en una moto no se puede guardar la misma distancia de seguridad que en un coche, lo aconsejable, hasta la publicación de normas más permisivas, es que solamente viaje una persona en la moto.

Evolución de la desescalada: fases I, II y III

Tras la fase 0 llegarán otras tres que darán paso a la nueva normalidad. Etapas en las que, de forma progresiva, podremos participar en pequeñas reuniones sociales, tomar una consumición en una terraza, viajar a segundas residencias dentro de nuestra provincia, acudir a espectáculos culturales, etc.

Sobre los detalles de montar en moto en esas fases de desescalada, desde las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad nos invitan a conservar la paciencia. Según se vayan anunciando, tendremos más claro cuáles son las particularidades de cada fase en materia de movilidad. ¡Ya falta menos para la nueva normalidad!

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Equipo AMV

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