Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos

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Se ha hecho de rogar pero ya es una realidad: desde el pasado 1 de octubre de 2024, el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos está en vigor. Si tienes un coche clásico o una moto clásica y deseas que tu vehículo sea catalogado como histórico, a través de esta guía te explicamos cómo hacerlo y qué ventajas trae la nueva normativa. ¡Sigue leyendo!

¿Por qué un nuevo Reglamento de Vehículo Histórico?

Impulsado por la Dirección General de Tráfico (DGT), con la colaboración de los ministerios de Industria e Interior, las comunidades autónomas y la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA), el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos viene a sustituir al primigenio Real Decreto de 1995, una norma obsoleta que dificultaba la homologación de vehículos clásicos en históricos.

De ahí que fuese tan necesario contar con una regulación más moderna y acorde a las normativas europeas. Con la aprobación del nuevo Real Decreto 892/2024 de Vehículos Históricos:

  • Se fomenta la restauración y conservación de los vehículos clásicos, que, sin duda, forman parte del patrimonio histórico, cultural y artístico.
  • Se simplifica la catalogación de vehículos clásicos en históricos al suprimirse trámites.
  • Y, no menos importante, se reducen los costes de la homologación (de 800 euros de media anteriormente a menos de 30 euros ahora en el caso del procedimiento más sencillo).

¿Cómo se declara un vehículo clásico?

Pero antes de detallar cómo se homologa un vehículo histórico, conviene tener claro qué es un vehículo clásico:

  • En España, para que un vehículo sea declarado clásico debe tener más de 25 años.
  • Los automóviles y motocicletas con más de 25 años pueden ser asegurados como clásicos en las compañías que ofrezcan seguros para este tipo de vehículos.
  • No obstante, en AMV aseguramos vehículos clásicos a partir de 20 años de antigüedad. De esta forma, facilitamos que los propietarios de vehículos clásicos modernos puedan seguir disfrutando su particular joya del motor bien protegidos.

Requisitos para que un vehículo llegue a ser histórico

Una vez explicado qué es un vehículo clásico, veamos cuáles son los requisitos para que llegue a ser histórico. Sobre dicha cuestión, el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos señala que se podrá solicitar la catalogación de un vehículo como histórico si cumple una serie de requisitos bien por su antigüedad, bien por revestir cierta importancia.

Requisitos para que un vehículo sea considerado histórico por su antigüedad

En lo referente a su antigüedad, para que un vehículo llegue a ser considerado histórico debe tener más años que uno clásico. Concretamente:

  • Un vehículo podrá ser catalogado como histórico si fue fabricado o matriculado por primera vez hace 30 años como mínimo.
  • Además, debe haberse dejado de producir.
  • De igual manera, ha de encontrarse en su estado original, sin haber sido sometido a ningún cambio fundamental en lo referente a sus características técnicas o componentes principales.
  • Y también se exige que esté en un correcto estado de mantenimiento y conservación.

Requisitos para que un vehículo sea considerado histórico por su importancia

Del mismo modo, un vehículo puede clasificarse como histórico si reviste un interés especial. Así, tendrán la consideración de vehículos históricos:

  • Los que estén incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español.
  • Aquellos que hayan sido declarados Bien de Interés Cultural.
  • Y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en un acontecimiento con trascendencia histórica.

Procedimiento de catalogación de vehículos históricos

Llegados a este punto, si eres propietario de un vehículo clásico que reúne alguno de los requisitos enumerados es lógico que te preguntes cuál es el procedimiento para catalogarlo como histórico. Y esta es, precisamente, una de las mejoras que introduce el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos.

Ahora, la nueva normativa de vehículos históricos determina dos procedimientos para homologar un vehículo clásico como histórico: uno para los vehículos de Grupo A y otro para los vehículos de Grupo B.

1. Grupo A

Los vehículos clasificados como Grupo A lo tendrán más fácil para ser catalogados como históricos. Hablamos de vehículos que, además de los reseñados, deben reunir los siguientes requisitos:

  • Estar matriculados en España.
  • Encontrarse en situación de alta administrativa en Tráfico.
  • Tener abonado el impuesto de circulación (IVTM) del año anterior.
  • Estar libre de cargas (sanciones, reserva de dominio, embargos o precintos).
  • Tener la ITV en vigor.

Si todo está correcto, se podrá solicitar el cambio de servicio a vehículo histórico a través de un «procedimiento abreviado»:

  • El mismo consiste en solicitar un duplicado del permiso de circulación en la DGT y presentar una declaración responsable. Mediante esta última, el titular asegura que el vehículo no presenta modificaciones que alteren su originalidad y se compromete a hacer un uso ocasional del mismo.
  • El coste del trámite es de 20,81 euros.
  • Una vez realizado, los vehículos que hayan cambiado su servicio a histórico tendrán que circular con su matrícula ordinaria.
  • Y deberán colocar en el parabrisas un distintivo amarillo con una letra H de color negro –a la venta en establecimientos especializados en placas de matrícula o accesorios–.

En la página web de la DGT se detalla cómo realizar el cambio de servicio a histórico para los vehículos de Grupo A y se da respuesta a las preguntas más frecuentes sobre dicho trámite.

2. Grupo B

Por lo que respecta a los vehículos clasificados como Grupo B, se consideran como tales aquellos que:

  • Tengan matrícula extranjera o no hayan estado matriculados previamente.
  • Tengan matrícula española pero se encuentren en situación de baja permanente.
  • Tengan una matrícula que no corresponda con la fecha de fabricación o matriculación del vehículo y su propietario desee obtener una placa histórica.

Para estos supuestos, el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos contempla un «procedimiento ordinario» que se basa en:

  • Solicitar un informe técnico de idoneidad del vehículo en un servicio técnico de vehículos históricos.
  • A continuación, acudir a una estación de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) para obtener una tarjeta de ITV.
  • Abonar o liquidar los impuestos asociados.
  • Matricular el vehículo como histórico en la DGT. El coste del trámite es de 99,77 euros para coches y motos. Y de 27,85 euros para ciclomotores.
  • Una vez concluida la gestión, Tráfico asignará una matrícula histórica al vehículo.

Por cierto, para los casos en que el vehículo hubiera sido rescatado de un desguace, estuviese en situación de baja definitiva o no constaran sus datos en la DGT, antes de matricularlo será necesario proceder a la rehabilitación del vehículo.

Como en el caso anterior, en la web de la DGT se ofrecen todos los detalles sobre la matriculación de vehículos históricos de Grupo B. Y la página contiene un apartado de para despejar las dudas que puedan tener sus propietarios.

¿Cómo pasar ahora la ITV con el nuevo reglamento?

Otro de los aspectos destacados del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos es el relativo a la ITV. Tras su entrada en vigor, los vehículos que estén homologados como históricos tienen que acudir a una estación de ITV con la siguiente periodicidad:

Antigüedad del vehículoPeriodicidad
Hasta 29 añosLa que corresponda, según categoría
Entre 30 y 39 añosCada 2 años
Entre 40 y 44 añosCada 3 años
Más de 45 años y motocicletasCada 4 años

Los vehículos históricos con una antigüedad superior a 60 años, y los ciclomotores homologados como tales (cualquiera que sea su antigüedad), no están obligados a pasar la ITV, aunque, si así lo desean, sus titulares pueden acudir a una estación para comprobar el estado del vehículo.

¿Qué entidades podrán emitir certificados de originalidad?

Como se ha comentado, los vehículos de Grupo B tendrán que solicitar un informe técnico de idoneidad para poder ser matriculados como históricos.

  • Este tipo de informe es emitido por los servicios técnicos de vehículos históricos, que sustituyen a los laboratorios oficiales contemplados en el anterior reglamento.
  • Al estar certificados por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), estos servicios técnicos emiten informes que tienen validez en todo el territorio español.

¿Se podrá circular por áreas restringidas o ZBE?

Antes de la aprobación del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, uno de los asuntos que generaba más inquietud era el relacionado con la posibilidad de circular por las denominadas Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Pues bien:

  • Se autoriza el uso de los vehículos históricos en las ZBE en los términos y condiciones que establezca cada ayuntamiento.
  • Dicha utilización no podrá exceder de 96 días al año, que es el tiempo de circulación máximo establecido para estos vehículos en el nuevo reglamento –independientemente del lugar por el que sean conducidos–.

¿Cuáles son las normas de circulación para los vehículos históricos?

Por lo tanto, al tener restringido su uso a 96 días al año, los vehículos históricos no pueden utilizarse como medio de transporte habitual. Y tampoco como transporte público de viajeros o mercancías ni para actividades agrícolas, de obras o servicios.

Igualmente, a la hora de circular con un vehículo histórico hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • Deben cumplirse las limitaciones de circulación que figuren en la tarjeta de ITV.
  • Los vehículos históricos que no superen los 40 km/h circularán por el arcén siempre que sea posible.
  • Los vehículos históricos que no alcancen los 60 km/h no podrán circular por autopista o autovía.
  • Se establece un límite de velocidad de 80 km/h para los vehículos históricos que, por diseño, no dispongan de cinturones de seguridad en las plazas delanteras.
  • También está prohibido que, en vías interurbanas, los menores de edad, con una estatura igual o inferior a 135 cm, viajen en vehículos históricos que carezcan de cinturones de seguridad o en los que no se pueda instalar sistemas de retención infantil.
  • En determinadas fechas y vías, podrá prohibirse la circulación de los vehículos históricos que no superen los 80 km/h.
  • Y no podrán circular entre la puesta y la salida del sol, ni en circunstancias que hagan necesario el uso de luces, los vehículos históricos que no dispongan de los sistemas de alumbrado y señalización óptica exigidos.

Por último, conviene saber que la organización de eventos en los que participen más de 10 vehículos históricos por vías abiertas al tráfico requiere solicitar una autorización previamente.

¿Qué ventajas trae la nueva normativa de vehículos históricos?

Llegados a este punto, confiamos en haberte ayudado a conocer los aspectos más importantes del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos. Una norma que, como se ha explicado, conlleva una serie de ventajas para los propietarios de estos vehículos:

  • Simplificación del procedimiento para catalogar un vehículo clásico como histórico.
  • Asignación de una sola matrícula (ordinaria o histórica).
  • Menor coste y duración del trámite.
  • Nueva periodicidad en la ITV o exención de la misma.
  • Autorización para circular en Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).

Por otra parte, los vehículos históricos, al igual que los clásicos que no estén catalogados como tales, gozan de una exención o bonificación en el impuesto de circulación (IVTM) municipal.

¿Los vehículos históricos deben estar asegurados?

Finalmente, el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos recuerda que, para circular con ellos por las vías públicas, estos vehículos deben «estar provistos del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria». Es decir, han de contar, al menos, con un Seguro a Terceros.

  • En AMV ofrecemos seguros de coches históricos y seguros de motos históricas, especialmente diseñados para vehículos clásicos, de 20 o más años de antigüedad, sin necesidad de matrícula histórica, y de los que se hace un uso esporádico.
  • Ofrecemos desde un Seguro a Terceros básico hasta un Seguro a Todo Riesgo con la garantía de Daños Propios.
  • Además se pueden añadir de forma opcional coberturas en función de tus necesidades: accidentes del conductor, grúa, …
  • Calcular el precio y contratar el seguro es 100% online.

Además, si eres coleccionista podrás incluir varios vehículos históricos  o clásicos en la misma póliza con el seguro para flotas. ¿A qué esperas para calcular tu presupuesto sin compromiso?

Bibliografía
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