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¿Cuándo y cómo pasar la ITV de la moto tras el confinamiento?

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Si tras decretarse el estado de alarma debías haber pasado la ITV de la moto y todavía no lo has hecho, te explicamos cuáles son los plazos límites para acudir a una estación y qué medidas de higiene has de tener en cuenta. ¡Toma nota!

Desde la declaración del estado de alarma a mediados de marzo para contener el COVID-19 y mitigar sus consecuencias, no se ha podido pasar la ITV de la moto. Al igual que otras actividades, las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) han permanecido cerradas al no encontrarse incluidas en los establecimientos excepcionados contemplados en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020.

Pero, a raíz de la entrada en la Fase I de la desescalada, las ITV han vuelto a abrir sus puertas. Si en estos meses de confinamiento debías haber pasado la ITV de la moto y tienes algunas dudas, a través del presente post intentamos ayudarte. ¡Sigue leyendo!

¿Cuándo estamos obligados a pasar la ITV?

En primer lugar, conviene que tengas claro cuándo estás obligado a pasar la ITV de la moto. Además, puede que seas propietario de un ciclomotor, un quad o una moto histórica… Sobre la fecha y frecuencia de las inspecciones técnicas periódicas, esto es lo que señala el Real Decreto 920/2017 que regula la ITV:

  • Ciclomotores. Hasta los tres años desde la primera matriculación están exentos de pasar la ITV. A partir de tres años, su inspección será bienal.
  • Motocicletas y quads. Hasta los cuatro años no deben pasar la ITV. A partir de cuatro años, su revisión será bienal.
  • Motos históricas. Con una antigüedad de hasta 40 años, su inspección será bienal. Si tienen entre 40 y 45 años, trienal. Y con más de 45 años, cuatrienal.

Sobre estas últimas, conviene diferenciarlas de las motos clásicas. Para que una moto sea histórica debe reunir una serie de condiciones. Las mismas pueden consultarse tanto en el primigenio Real Decreto 1247/1995, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos, como en el citado Real Decreto 920/2017, que introduce algunas modificaciones.

¿Qué plazo tenemos para pasar la ITV de la moto?

Si tenías que haber pasado la ITV de la moto durante el estado de alarma –es decir, desde el 14 de marzo–, no te preocupes. A través de las órdenes SND/325/2020 y SND/413/2020 del Ministerio de Sanidad se han ampliado los plazos para pasar la ITV. El objetivo es facilitar la inspección a todos los usuarios afectados, evitar la acumulación en las estaciones de ITV y establecer un calendario escalonado.

Una vez finalizado el estado de alarma, tendrás un plazo límite para pasar la ITV de la moto. De cara a que este último sea comprensible para los interesados, AECA-ITV ha resumido las fechas de caducidad de la ITV y el plazo límite para pasarla desde que finalice el estado de alarma:

  • Del 14 al 20 de marzo. 45 días. Límite: 4 de agosto de 2020.
  • Del 21 al 27 de marzo. 60 días. Límite: 19 de agosto de 2020.
  • Del 28 de marzo al 3 de abril. 75 días. Límite: 3 de septiembre de 2020.
  • Del 4 al 10 de abril. 90 días. Límite: 18 de septiembre de 2020.
  • Del 11 al 17 de abril. 105 días. Límite: 3 de octubre de 2020.
  • Del 18 al 24 de abril. 120 días. Límite: 18 de octubre de 2020.
  • Del 25 de abril al 1 de mayo. 135 días. Límite: 2 de noviembre de 2020.
  • Del 2 al 8 de mayo. 150 días. Límite: 17 de noviembre de 2020.
  • Del 9 al 15 de mayo. 165 días. Límite: 2 de diciembre de 2020.
  • Del 16 al 22 de mayo. 180 días. Límite: 17 de diciembre de 2020.
  • Del 23 al 29 de mayo. 195 días. Límite: 2 de enero de 2021.
  • Del 30 de mayo al 5 de junio. 210 días. Límite: 16 de enero de 2021.
  • Del 6 de junio al 7 de junio. 225 días. Límite: 31 de enero de 2021.
  • Del 13 de junio al 19 de junio. Límite: 15 de febrero de 2021.
  • 20 de junio. Límite: 2 de marzo de 2021.

Si el Gobierno no solicita una nueva prórroga, el estado de alarma concluirá el 21 de junio. A partir de ahí, tendrás tiempo de sobra para pasar la ITV de la moto. Pero, por tu seguridad, no deberías demorar tu visita a una estación de ITV.

¿Qué sucede si se trata de una segunda inspección?

También podría suceder que antes de decretarse el estado de alarma hubieses acudido a pasar la ITV de la moto y que el resultado de la inspección fuese desfavorable o negativo. En ese caso, el artículo 9 del Real Decreto 537/2020 observa que:

  • Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

Por lo tanto, desde el 1 de junio se reanuda el plazo de dos meses para pasar la segunda inspección. ¡Ojo! No tardes en acudir a una ITV. Si pasas la ITV de la moto fuera de plazo, se consideraría una primera inspección. Ponte en contacto cuanto antes con una estación de ITV y consulta cuándo debes acudir si el resultado de tu última ITV fue desfavorable o negativo.

¿Qué fecha constará para la siguiente renovación?

Como norma general, según recuerdan desde la Dirección General de Tráfico (DGT), una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta de ITV.

  • Un ejemplo: si una moto tenía como fecha límite el 1 de abril de 2020 para pasar la ITV, el próximo plazo, aunque se supere la inspección el 15 de junio, será el 1 de abril de 2022.

En los casos de haber tenido un resultado desfavorable con anterioridad y superado la segunda inspección durante el estado de alarma, la fecha de la siguiente renovación dependerá de si la ITV había caducado o no desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020. En la estación de ITV te darán más detalles.

Y para las motos que acudan por primera vez a una ITV durante el estado de alarma, la caducidad de la siguiente inspección se establecerá considerando la fecha de su primera matriculación.

¿Es necesario pedir cita previa en la ITV?

Antes de pasar la ITV de la moto hay que solicitar cita previa por teléfono o a través de Internet. Ahora es un requisito obligatorio que contribuye a evitar aglomeraciones en las estaciones de ITV.

¿Qué documentación nos van a exigir en la ITV?

Cuando acudas a pasar la ITV de la moto, comprueba que llevas todos los papeles del vehículo y la documentación personal:

  • Permiso de circulación.
  • Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos.
  • Carnet de conducir y DNI en vigor.

Asimismo, es recomendable que entre los papeles de la moto no falte el recibo del seguro. Y como método de pago, procura utilizar una tarjeta de crédito o débito.

Protocolos de actuación frente al COVID-19

Finalmente, debes saber que todas las estaciones de ITV han establecido protocolos de actuación para evitar contagios por coronavirus. Se trata de unas medidas contempladas en el Capítulo III de la Orden SND/399/2020 del Ministerio de Sanidad y encaminadas a garantizar que las instalaciones sean seguras en materia de higiene y prevención.

En cuanto a los usuarios, es obligatorio que lleven mascarilla. Igualmente, es importante que antes de pasar la ITV de la moto te encargues de limpiar el vehículo y, sobre todo, de desinfectar las partes de mayor contacto.

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Equipo AMV

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