La Ordenanza de Movilidad Sostenible de la capital pretende que las motos se aparquen en la banda de estacionamiento. Pero, en algunos casos, es posible aparcar la moto en Madrid Distrito Centro sobre las aceras. ¿Quieres saber cuándo? ¡Sigue leyendo!
Muchos motoristas no tienen claro aún cómo les afecta la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid. Especialmente, en lo relativo a la circulación y aparcamiento por el centro de la capital, ahora llamado Madrid 360. Por ello, a través del presente post vamos a explicar qué dice la normativa sobre aparcar la moto en Madrid Distrito Centro.
Índice
Lo primero que se debe hacer es familiarizarse con la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro. La misma entró en vigor el 22 de septiembre de 2021. Y con su creación se pretende desarrollar la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360, cuyo objetivo es proteger la salud de los ciudadanos y el medio ambiente de la capital. Para ello, contempla medidas como la disminución de los efectos negativos del tráfico motorizado.
En cuanto a su ámbito geográfico, la nueva ZBEDEP comprende casi todo el Distrito Centro, conformado por los siguientes barrios:
Antes de centrarnos en cómo aparcar la moto en Madrid Distrito Centro, vamos a ocuparnos de cuándo podemos circular con ella en la nueva Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección. Por dicho motivo, es fundamental conocer los distintivos ambientales para las motos.
El distintivo ambiental es obligatorio en Madrid. Y en las motos debe ir adherido en el ángulo inferior derecho del parabrisas o, en su defecto, cualquier sitio visible del vehículo. ¡No lo olvides!
Además de lo expuesto, la normativa de movilidad de la capital regula el acceso al centro de la ciudad teniendo en cuenta otros criterios que afectan a residentes, empresas y autónomos, transporte de alumnado a centros educativos, etc. Ante cualquier duda, te aconsejamos ponerte en contacto con el Ayuntamiento de Madrid.
En el caso de las motos que, por su antigüedad, carezcan de distintivo ambiental, no están autorizadas a circular por Madrid Distrito Centro/ Madrid 360 salvo que tengan la condición de motos históricas. ¿No conoces qué tramites son necesarios para matricular una moto clásica como histórica?
Por lo que respecta a aparcar la moto en Madrid Distrito Centro, la Ordenanza de Movilidad Sostenible introduce novedades en materia de aparcamiento de ciclomotores, motocicletas y scooters de tres ruedas –incluyéndose entre estos últimos a los homologados como triciclos–.
En este sentido, el artículo 48 de la ordenanza establece que, con carácter preferente, ciclomotores, motos y modelos de tres ruedas se estacionarán en Madrid 360:
Con esta reforma de la ordenanza, el consistorio madrileño intenta que, en la medida de lo posible, no se utilicen las aceras. Y para que ello sea así, contempla incrementar las plazas de estacionamiento de ciclomotores, motocicletas y modelos de tres ruedas en la calzada “siempre que las circunstancias técnicas lo permitan”.
Así pues, llegado el momento de aparcar la moto en Madrid Distrito Centro, lo primero que tendremos que hacer es buscar plaza en las reservas exclusivas. Y en el supuesto de que dichas áreas estén completas, intentarlo en las bandas de estacionamiento.
Entonces, te preguntarás, ¿no es posible dejar la moto en la acera? ¿Si aparco en la acera puedo ser multado? Las respuestas a dichas preguntas las encontramos en el mencionado artículo 48 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. A través de él se explica que, cuando no sea posible aparcar en la banda de estacionamiento, se podrá dejar la moto sobre la acera cuando se cumplan todos estos requisitos:
Por lo tanto, la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible contempla que se pueda aparcar la moto en Madrid Distrito Centro sobre las aceras. Eso sí: es importante saber cuándo puede hacerse para evitar ser multados. ¡Toma nota!
Igualmente, la ordenanza observa que “únicamente” se empleará la fuerza del motor para salvar el desnivel de la acera. Una vez sobre esta, tendremos que bajarnos de la moto, y empujarla hasta el lugar donde vayamos a aparcarla, “para respetar la seguridad vial, la accesibilidad y la prioridad de tránsito de los peatones”.
En definitiva, con la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible se persigue que solamente los vehículos autorizados puedan acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro. Para ello, recuerda que, salvo que la moto haya sido catalogada como histórica, es primordial que cuente con el distintivo ambiental.
Y una vez en Madrid Distrito Centro/ Madrid 360, el objetivo es que ciclomotores, motocicletas y modelos de tres ruedas aparquen en la banda de estacionamiento. Si no fuese posible, se podrán subir a la acera siempre y cuando se cumplan los requisitos antes mencionados. Si no quieres que te multen, ¡no te la juegues!
Soy un apasionado de las competiciones del motor y he trabajado y colaborado con algunos de los medios de comunicación más importantes de España, especializándome en este sector. Además, me interesan mucho los temas relacionados con la seguridad vial.
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