La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, dice que:
“todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo del que sea titular”.
Por lo que es obligatorio tener contratado al menos un “seguro a terceros” para poder circular con nuestra moto, que cubre los daños materiales y personales que podamos causar a terceros pero que no cubre los nuestros.
No pagar el seguro, te dejará sin cobertura, y además de exponerte a una multa que oscila entre 601 y 3.005 euros, tu vehículo quedará inmovilizado hasta que no contrates un seguro. Además si tienes un accidente de tráfico en el que eres responsable tendrás que asumir tú todos los costes derivados del siniestro.
Recuerda que aunque actualmente no es obligatorio llevar en el vehículo la documentación del seguro, si es recomendable llevar las copias del recibo del seguro y la documentación de tu póliza, por si los agentes de tráfico no pudieran hacer la comprobación de forma telemática en caso de control o accidente.