Madrid 360 sustituye a Madrid Central a partir del 1 de enero

Rate this post
Compartido

Año nuevo, normativa de movilidad nueva. Para los dueños de vehículos sin etiqueta ambiental, el comienzo de 2020 conlleva ciertas dificultades de circulación en Madrid. Si no tienes muy claro en qué consiste y tu vehículo no tiene la pegatina, sigue leyendo y no pierdas detalle…

Si hasta ahora los vehículos de categoría A, es decir, sin etiqueta ambiental, sólo podían acceder a Madrid Central mediante invitaciones hechas por residentes en esta zona y para aparcar en parkings privados de particulares, ahora la limitación se amplía, pues directamente no se permitirá su acceso a la almena central.

Además, otra de las restricciones de la nueva normativa Madrid 360 implica que tampoco podrán aparcar en zona SER. Tanto los parquímetros como las aplicaciones móviles cuya funcionalidad es pagar el aparcamiento en zona SER han ido avisando de la nueva normativa durante estas últimas semanas, advirtiendo a los propietarios de vehículos sin etiqueta de las nuevas restricciones.

¿A qué vehículos afecta la normativa Madrid 360?

La nueva normativa Madrid 360 afecta a todos los vehículos que no tienen distintivo de la Dirección General de Tráfico, es decir, todos aquellos que usan diésel como combustible y que fueron matriculados antes de 2006 y los que usan gasolina como combustible y fueron matriculados antes del año 2000. Según cifras del Ayuntamiento de la capital, hay en torno a 42.000 afectados. El incumplimiento de la normativa implicará una multa de 90 euros, con la posibilidad de reducción a 45 euros si se paga pronto.

¿Qué vehículos sin distintivo ambiental están exentos de la prohibición?

  • Aquellos vehículos cuyos dueños sean residentes dentro de la zona SER sí podrán aparcar, pero exclusivamente en plazas de servicio regulado del barrio en el que están empadronados.
  • Vehículos comerciales e industriales con autorización de estacionamiento SER.
  • Vehículos de 2 o 3 ruedas.
  • Vehículos de apoyo al servicio de transporte público urbano.
  • Vehículos que tienen la función (acreditada) de transportar a personas con movilidad reducida.
  • Vehículos de servicios esenciales (salvamento, protección civil, Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado, Policía Municipal, Agentes de Movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria).

¿Cómo afecta la nueva normativa Madrid 360 a los vehículos con etiquetas C o B?

Para vehículos con etiquetas C y B, las limitaciones de circulación establecidas por Madrid Central se mantienen: ninguno de estos vehículos podrá aparcar dentro de esta zona en la calle. En el caso de los vehículos con etiqueta C, se permitirá que circulen siempre y cuando vayan más de dos pasajeros en el vehículo y obtendrán un 10 por ciento de descuento en el aparcamiento. La única excepción de estas restricciones se hará con los vehículos con etiqueta C comerciales de esa zona.  

El futuro de Madrid 360: ¿qué otras medidas están previstas?

  • 1 de enero de 2022: se prohibirá la circulación de vehículos sin etiqueta ambiental no residentes dentro de la M-30
  • 1 de enero de 2023: los vehículos sin pegatina no residentes en Madrid no podrán circular por la M-30 ni tampoco por el interior de la M-40.
  • 1 de enero de 2025: no podrá circular ningún vehículo sin etiqueta, sea residente o no en Madrid, por el interior o el exterior de la M-40.
Compartido
1 comentario en “Madrid 360 sustituye a Madrid Central a partir del 1 de enero”
  1. Pingback: ¿Por qué aumentan las ventas de motos eléctricas? | Blog AMV

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio