Si alguna vez te has preguntado «¿puedo asegurar una moto sin tener carnet?», antes debes conocer la normativa y saber quién es quién en una póliza de seguro. Te lo explicamos todo en este post. ¡Sigue leyendo!
Imagínate: te regalan o compras una motocicleta pero aún no has aprobado el permiso de conducción que te permita circular con ella. En una situación así es posible que te asalten las dudas. Y que llegues a preguntarte, ¿dónde debo guardarla? Y no menos relevante: ¿tengo que contratar un seguro? Si es así, ¿puedo asegurar una moto sin tener carnet?
Para dar respuesta a estas preguntas, antes es preciso saber qué dice la normativa en relación al aseguramiento de los vehículos a motor. Y, a continuación, familiarizarse con las distintas figuras que se contemplan en los seguros de moto. ¡Toma nota!
Índice
Cuando se adquiere una moto hay que darla de alta en Tráfico, un trámite necesario para que pueda circular por las vías públicas. Asimismo, tiene que asegurarse. Al respecto, la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor es muy clara:
Explicado más claramente: si eres titular de una moto matriculada con sus correspondientes papeles (permiso de circulación y tarjeta de ITV) y tramitas su alta en Tráfico, tendrás que asegurarla.
¿No deseas cumplir con dicha obligación y prefieres que no esté asegurada hasta que te hayas sacado el carnet? Entonces, debes saber que la legislación permite que una moto carezca de seguro siempre y cuando:
Recuerda: una moto sin asegurar no puede estar en la vía pública ni en la plaza de un parking comunitario. Ello es así porque, por ejemplo, podría caerse o incendiarse y provocar daños a terceros.
Llegados a este punto, ya lo sabes: si eres propietario de una motocicleta, y la misma está dada de alta en Tráfico, tienes que contratar un seguro. A pesar de ello, es normal que te preguntes: pero, si aún no lo he aprobado, ¿puedo asegurar una moto sin tener carnet de conducir?
Con el objetivo de dar respuesta a dicha pregunta y aclarar tus dudas, vamos a explicarte quién es quién en los seguros de moto:
Teniendo en cuenta las distintas figuras contempladas en los seguros de moto, la respuesta a tu pregunta es que sí se puede asegurar una moto sin tener carnet. Aunque no hubieses aprobado un permiso para conducir una moto, tú podrías:
En este sentido, es importante observar que si el propietario de una moto es menor de 25 años y carece de carnet de conducir, las compañías de seguros suelen exigir que firme un documento en el que se comprometa a no circular con el vehículo asegurado.
Si en alguna ocasión te habías preguntado «¿puedo asegurar una moto sin tener carnet?», ahora ya sabes que sí es posible. No obstante, conlleva algunos riesgos que conviene conocer y que están especificados en la citada Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor:
Del mismo modo, las compañías aseguradoras pueden ejercer la facultad de repetición y reclamar la devolución de una indemnización al propietario de una moto si, por ejemplo, el daño hubiese sido causado por una acción deliberada del conductor. O debido al consumo, por parte de este último, de alcohol, drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
En definitiva, aunque no seas tú quien la conduzca, asegurar una moto sin carnet no te libera de responsabilidades. En algunos casos quedarás eximido de las mismas si demuestras que empleaste las diligencias oportunas para prevenir el daño. Pero en otros tendrás que asumir las consecuencias. ¡Tenlo presente!
Por otra parte, ¡no se te ocurra circular con tu moto hasta que apruebes un permiso que te autorice a circular con ella! Según el Código Penal, quien conduzca una moto sin haberse sacado el carnet de conducir será castigado con alguna de las siguientes penas:
De igual manera, dicho delito conlleva sanciones económicas. Y en los casos de accidentes, si un motorista sin carnet es responsable de un siniestro y causa daños, se verá obligado a resarcirlos con su patrimonio. Hablamos de sumas que pueden ser muy elevadas… Así pues, si todavía no te has sacado el permiso de conducción, ¡no te la juegues!
¿Quieres un buen consejo? Espera hasta que hayas aprobado un carnet de moto. A partir de ahí, en función de las características del permiso, podrás elegir entre las diferentes clases de moto existentes y suscribir una póliza en calidad de propietario, tomador del seguro y conductor.
Si no estás familiarizado con los tipos de carnet de moto, veamos qué dice el Reglamento General de Conductores sobre cada permiso:
En resumen, desde AMV te recomendamos que primero apruebes el carnet de conducir antes de adquirir la motocicleta. Luego recopila toda la documentación para contratar el seguro de moto. A partir de ahí, elige la modalidad de seguro que quieras y personalízala con las coberturas que vayas a necesitar. ¡Así podrás conducir y disfrutar de tu compañera de aventuras con seguridad!
Soy un apasionado de las competiciones del motor y he trabajado y colaborado con algunos de los medios de comunicación más importantes de España, especializándome en este sector. Además, me interesan mucho los temas relacionados con la seguridad vial.
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