Cada vez que nos subimos a un automóvil debemos abrocharnos el cinturón. Pero, ¿sabías que hay casos en los que no es obligatorio el cinturón de seguridad? En este post te explicamos todas las exenciones de la normativa. ¡Sigue leyendo!
Al igual que sucede con el casco de moto, el cinturón de seguridad es un auténtico salvavidas. Y, como veremos a continuación, conductores y ocupantes de vehículos a motor deben hacer uso de él. Sin embargo, hay casos en los que no es obligatorio el cinturón de seguridad. Si quieres saber cuáles son, ¡toma nota!
Índice
¿Cuándo se inventó el cinturón de seguridad?
Antes, conviene recordar brevemente los orígenes del cinturón de seguridad. Aunque con anterioridad fue ofrecido por algunos fabricantes, el invento del cinturón de seguridad, tal y como lo conocemos hoy, hay que atribuírselo a Nils Bohlin.
Cuando se incorporó a Volvo Cars en 1958, este ingeniero sueco recibió el encargo de mejorar el diseño del cinturón de seguridad. Y se centró en un arnés que ofreciera más sujeción y estuviera en contacto con el pecho y la pelvis. Además, se preocupó de que fuese muy fácil de poner y ajustar para que las personas estuviesen más predispuestas a usarlo.
El resultado fue el cinturón de tres puntos de anclaje, un elemento de seguridad pasiva cuyo nivel de protección está fuera de toda duda. En este sentido, la Dirección General de Tráfico (DGT), en su manual didáctico Cinturón de seguridad, recuerda que:
- El cinturón de seguridad es el único freno del cuerpo en caso de impacto.
- En caso de choque frontal, disminuye en un 90% el riesgo de fallecimiento y de heridas graves en la cabeza.
- De igual manera, reduce en un 75% la probabilidad de sufrir heridas, fracturas y lesiones de otro tipo.
- Y en accidentes de tráfico por alcance, contribuye a que el riesgo de muerte o heridas graves se reduzca a la mitad.
En definitiva, el cinturón de seguridad desarrollado por Bohlin puede considerarse trascendental. Se introdujo en el mercado en 1959 y Volvo Cars decidió liberar la patente para que el resto de marcas pudiera ofrecerlo en sus vehículos. Desde entonces, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el cinturón de seguridad es uno de los inventos que más vidas ha salvado en el mundo.
¿Por qué el cinturón de seguridad es obligatorio?
En España, el cinturón de seguridad es obligatorio en carretera desde 1974. Y en el año 1992 también se obligó a utilizarlo en el ámbito urbano. Al respecto, el Reglamento General de Circulación establece lo siguiente:
- El conductor y los ocupantes de los vehículos estarán obligados a utilizar, debidamente abrochados, los cinturones de seguridad homologados, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas.
- En el caso de los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros, tendrán que utilizar sistemas de retención infantil.
Queda claro, pues, que debemos hacer uso del cinturón. Sin embargo, ¿sabías que el propio reglamento contempla algunos casos en los que no es obligatorio el cinturón de seguridad?
¿En qué casos no es obligatorio el uso del cinturón de seguridad?
Dichas excepciones están reflejadas en los artículos 117 y 119 del citado reglamento. En ellos se explican los casos en los que no es obligatorio el cinturón de seguridad. ¡Te los explicamos!
Vehículos sin cinturón de seguridad
En el artículo 117 se observa que no será obligatorio utilizar los cinturones de seguridad en los vehículos que no los tengan instalados. Un ejemplo de ello son los coches clásicos e históricos que careciesen de ellos antes de la entrada en vigor de la normativa.
Por cierto, si eres propietario de un automóvil de dichas características, en AMV podrás contratar un seguro de coche clásico o histórico, de forma online, en apenas unos minutos. Tienes varias modalidades a tu disposición, así como coberturas opcionales para personalizar la póliza en función de tus necesidades. Y si lo deseas, es posible asegurar varios vehículos clásicos de una sola vez.
Maniobras de marcha atrás y estacionamiento
Y en el artículo 119 (Exenciones), el Reglamento General de Circulación indica que podrán circular sin los cinturones aquellos conductores que realicen la maniobra de marcha atrás o estacionamiento.
Para dichos supuestos, aunque el reglamento permita no hacer uso del cinturón y girarse para mirar hacia atrás, nuestro consejo es que no te lo quites. Para tales maniobras, haz uso de los espejos retrovisores. Y si tu vehículo dispone de dichos dispositivos, también de la cámara de visión trasera y de los sensores de aparcamiento. Estas ayudas a la conducción son muy útiles.
Razones médicas graves o discapacidad
Entre los casos en los que no es obligatorio el cinturón de seguridad también se incluye a las personas provistas de un certificado de exención por razones médicas graves o discapacitadas. Dicho certificado, señala el Reglamento General de Circulación, tendrá que ser presentado cuando lo requiera un agente encargado de la regulación y vigilancia del tráfico.
Colectivos profesionales
Y continuando con el artículo 119 del reglamento, precisa que los siguientes colectivos no están obligados a utilizar el cinturón de seguridad cuando circulen en poblado:
- Los conductores de taxis cuando estén de servicio.
- Los distribuidores de mercancías cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga en lugares situados a corta distancia unos de otros.
- Los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia.
- Las personas que acompañen a un alumno o aprendiz durante el aprendizaje de la conducción o las pruebas de aptitud. Y estén a cargo de los mandos adicionales del automóvil, responsabilizándose de la seguridad de la circulación.
Como se ha comentado, estos profesionales quedan eximidos de utilizar el cinturón de seguridad en poblado. Pero sí tendrán que ponérselo cuando circulen fuera de él (carreteras convencionales, autovías y autopistas).
¿Las mujeres embarazadas deben usar el cinturón?
Llegados a este punto, conviene recordar que las mujeres embarazadas no figuran en las exenciones. Así pues, aconsejan desde la DGT, deben abrocharse el cinturón de seguridad en todos los asientos del vehículo siguiendo unas normas muy sencillas:
- Banda inferior. Por debajo del abdomen, ajustándose lo máximo posible a la parte ósea de las caderas; nunca por debajo del abdomen.
- Banda diagonal. Sobre el hombro, sin rozar el cuello, entre las mamas, sin apoyarse en ninguna de ellas y rodeando el abdomen.
- Sin holguras. Ninguna de las bandas del cinturón debe quedar holgada.
La DGT advierte que en algunos foros se publican “recomendaciones” sobre el cinturón de seguridad para mujeres embarazadas que califica de auténticas barbaridades. Ante cualquier duda, lo razonable es consultar a expertos en medicina y seguridad vial.
Multas por no hacer uso del cinturón de seguridad
Actualmente, la multa por no ponerse el cinturón de seguridad es de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carnet de conducir. Pero en el borrador de la modificación de la normativa, una de las novedades es detraer 4 puntos del permiso de conducción. Ya lo sabes: si no estás eximido de hacerlo, usa el cinturón, conduce con seguridad y… ¡no te la juegues!
Soy un apasionado de las competiciones del motor y he trabajado y colaborado con algunos de los medios de comunicación más importantes de España, especializándome en este sector. Además, me interesan mucho los temas relacionados con la seguridad vial.