¿Cubre el seguro de la moto los daños causados por actos vandálicos?

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El vandalismo es una de las peores situaciones que puede experimentar un motero. ¿No sabes si el seguro de moto cubre los daños vandálicos? Tranquilo, te ofrecemos todos los detalles en este post. ¡Toma nota!

pareja con gesto de duda vestida con chaqueta de cuero y casco de moto

Imagínate la situación. Vas al lugar donde has aparcado tu compañera de aventuras y, cuando llegas, observas con asombro que alguien ha roto alguna de las partes de la moto: los retrovisores, los neumáticos, el asiento… En situaciones así es normal que te preguntes: ¿Me cubre el seguro de moto por daños de vandalismo?

Habitualmente, este tipo de desperfectos se produce en los vehículos estacionados en la vía pública o que duermen en la calle. No obstante, los actos vandálicos también pueden llevarse a cabo en parkings comunitarios y de pago. En cualquier caso, es una faena. Y, normalmente, quienes los padecen no tienen claro si serán indemnizados.

¿Qué se considera vandalismo o acto vandálico?

En primer lugar, es importante saber que al hablar de vandalismo o acto vandálico nos estamos refiriendo a:

  • Daños causados por terceros al vehículo asegurado de forma intencionada.
  • Según el diccionario de la RAE, los vándalos son personas que cometen acciones propias de gente salvaje y destructiva.
  • Y el vandalismo, un espíritu de destrucción que no respeta cosa alguna.

Desgraciadamente, en las noticias que difunden los medios de comunicación aparecen titulares como estos:

  • El vandalismo callejero organizado ha vuelto a dejar su sello con la quema de dos nuevos vehículos.
  • Vehículos amanecen con severos destrozos. Es la tercera ocasión que sucede.
  • Queman un contenedor y un vehículo de madrugada.
  • Los actos vandálicos contra vehículos en la vía pública continúan sucediéndose.
  • Destrozan 15 vehículos en un parking.

Se trata de actuaciones que indignan a quienes las padecen. Y que, en lo referente a las indemnizaciones, generan confusión. En el caso de un motorista que haya sido víctima de actos vandálicos, es lógico que llegue a preguntarse: ¿Me cubre el seguro de moto por daños de vandalismo?

¿Quién debe resarcir los daños vandálicos?

En cuanto a quién debe resarcir los daños vandálicos, es obvio: los autores. Así lo establece el artículo 1902 del Código Civil:

  • El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

Y lo reflejado en ese artículo tiene continuidad en el siguiente, donde dicha responsabilidad se traslada a los padres y tutores en el caso de que los vándalos sean menores de edad. Basta consultar ejemplos de nuestra jurisprudencia para constatar que los jueces han dictado sentencias que obligan a los padres y tutores a pagar miles de euros para resarcir los daños vandálicos causados por los menores a su cargo.

Por su parte, el Código Penal contempla multas para aquellos que incurran en un delito de daños contra propiedades ajenas. Castigos que pueden agravarse si los vándalos provocan fuego o explosiones en sus acciones.

¿El seguro cubre este tipo de daños?

Así pues, es a los autores de actos vandálicos a quienes debe atribuirse el resarcimiento de los daños provocados. Sin embargo, en muchas ocasiones no es posible identificarlos. Será entonces cuando un motorista, al no conocer a los causantes de los desperfectos de su vehículo, se pregunte: ¿Me cubre el seguro de moto por daños de vandalismo?

Pues bien: la respuesta dependerá del seguro de moto que tenga contratado. Si se trata de un Seguro a Terceros, este tipo de póliza no contempla los daños vandálicos.

Si desea estar más protegido, un motorista tendrá que contratar otras modalidades de seguro. Por lo que respecta a AMV:

  • La garantía de Incendio cubre a los asegurados si sus motocicletas sufren daños vandálicos y son pasto de las llamas.
  • Y también la cobertura de Daños Propios, siempre y cuando los mismos no tengan su origen en actos de carácter político-social.

Por lo general, estos últimos son considerados tumulto popular y entran en la clasificación de riesgos extraordinarios. Como indica su denominación, son riesgos no comunes. Y de cubrirlos se encarga el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Para tal fin, un porcentaje de la prima de un seguro de moto se destina al CCS.

¿Hay que denunciar un acto vandálico?

Una vez que se tiene claro cuándo me cubre el seguro de moto por daños de vandalismo, si la póliza los contempla es aconsejable denunciar el acto vandálico cuanto antes. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad facilitan interponer una denuncia presencialmente, por Internet o vía telefónica.

A continuación, se debe enviar una copia de la denuncia a la entidad aseguradora para abrir el parte. Además, dicho documento facilitará el trámite de reclamación, en el caso de que fuera factible, si se identifica al causante de los daños.

¿Y qué sucede si el vandalismo se produce en un parking?

Como se ha comentado al principio del post, los daños vandálicos suelen relacionarse con acciones que tienen lugar en la vía pública. Pero también pueden producirse en un parking. Y aquí hay que diferenciar entre aparcamientos comunitarios y de pago.

  • En un parking comunitario, la situación es equiparable a la de la calle. Por lo tanto, un motorista solamente será indemnizado en el supuesto de identificarse al autor de los daños o si el vandalismo está contemplado en su seguro de moto.
  • Por el contrario, la Ley Reguladora del Contrato de Aparcamiento de Vehículos establece que un parking de pago es responsable de los daños que sufra una moto durante el tiempo que permanezca en él.

Según dicha norma, los aparcamientos de pago son espacios en los que se cobra un servicio que, además del parking, tiene que incluir el control de acceso, la vigilancia y la custodia de los vehículos estacionados.

De registrarse daños por vandalismo en su moto, el cliente de un parking de pago podrá reclamar una indemnización a su titular. Para ello, tendrá que aportar:

  • Fotos de la plaza de garaje y de los daños causados a la moto.
  • El ticket del aparcamiento.
  • Una hoja de reclamaciones.
  • Los datos del titular o de la póliza de seguro del parking.
  • Una denuncia policial.

Esta última será de utilidad de cara a solicitar las imágenes captadas por las cámaras de videovigilancia. Las mismas pueden contribuir a identificar a los autores de daños vandálicos, pero no es posible reclamarlas sin haber presentado una denuncia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Por todo lo expuesto, confiamos en que no tengas que llegar a preguntarte: ¿Me cubre el seguro de moto por daños de vandalismo? En caso de sufrir este tipo de actos, recuerda:

  • Es fundamental identificar a los autores de los daños. Si lo consigues, no te enfrentes a ellos y ponlo en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • Si no llegas a identificarlos, denúncialo igualmente.
  • Contacta con tu compañía aseguradora. Sus expertos te explicarán cómo proceder ante una situación así. Y te dirán si tu póliza cubre los daños vandálicos causados en la moto.
  • Finalmente, si estos últimos se producen en un parking de pago, será el aparcamiento quien deba resarcirlos.
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